El pasado mes de febrero se publicó la ley 21.210 en busca de la modernización de la legislación tributaria que trae consigo la obligatoriedad de la boleta electrónica. Los plazos son a partir del 24 de agosto de este año.
Con la aprobación de esta reforma, las boletas electrónicas serán fundamentales para la venta de productos de manera legal en el país con las que el Ministerio de Hacienda pretende recaudar un aproximado de $934 millones de pesos.
Qué es la Boleta electrónica y cómo debe emitirse
Es la boleta de compra-venta emitida de manera virtual, donde se señala cuales productos fueron adquiridos, el valor de cada uno y el IVA.
La manera en la que debe hacerse la emisión de boletas electrónicas es la siguiente según el SII:
- Encabezado
- Detalle de productos o servicios
- Subtotales
- Información de descuentos o recargos
- Datos de referencia
- Timbre electrónico del SII
Beneficios de la emisión de boletas electrónicas
- Ya no será necesaria la impresión de talonarios de boletas para su posterior timbraje.
- El margen de error será mínimo en cuanto a digitación de la información.
- Información a tu alcance de forma inmediata.
¿Qué pasa si no cumplo con esta nueva ley?
Esta obligatoriedad una vez entre en vigencia estará respaldada por el artículo 54 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios y aquellos que no cumplan, tendrán multas del 50 al 500% del monto de la operación, con 2 unidades tributarias mensuales y un máximo de 40 anuales.
¿Cuánto se demora el enrolamiento de la boleta electrónica?
El enrolamiento generalmente demora 15 días hábiles, sin embargo, dada la actual situación los lapsos de tiempo pueden variar, te recomendamos realizar este trámite con antelación.
Si eres cliente nuestro y aún no realizas el enrolamiento de los documentos en tu empresa contacta hoy a nuestros asesores y mantente al día con la normativa legal.
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